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Base Legal

DEFINICIONES:

La sistematización es la actividad que permite organizar un conjunto de datos o documentos de acuerdo a un conjunto de criterios relacionándolas entre si, por ello es que se define a la Sistematización de la Jurisprudencia como el proceso mediante el cual se identifica los principales criterios establecidos por los distintos órganos jurisdiccionales en el caso de las Salas de la Corte Suprema y Salas Superiores de la Republica a través de sus ejecutorias, una de cuyas finalidades es orientar las actividades de las instancias inferiores, evitando con ello la producción de decisiones contradictorias respecto a determinado tema y lograr con ello la predictibilidad de las Resoluciones Judiciales y a la vez cumplir los objetivos de transparencia institucional.

2. BASE LEGAL

2.1. Articulo 114 del T. U. O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Funciones. Objetivos: El segundo párrafo señala que el CIJ tiene a su cargo el registro sistemático de las ejecutorias supremas que se produzcan a partir del 1º de Enero de 1992 y el movimiento estadístico del servicio judicial en Salas y Juzgados de toda la República.

2.2. Resolución Administrativa Nº 062-2007-P-PJ de fecha 22 de febrero de 2007: Por acuerdo de Sala Plena de fecha 17 de Enero del presente año, se otorgó al señor Presidente del Poder Judicial, la facultad de dictar las Directivas que resulten necesarias para la implementación de tal disposición, la misma que iniciada en la Corte Suprema de Justicia de la República, la misma que de acuerdo a su tenor se extenderá posteriormente a las diferentes Cortes Superiores de Justicia del país.

2.3. Resolución Administrativa emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 19 de abril de 2007; mediante el cual dispone que las sentencias expedidas por los Órganos Jurisdiccionales de los Distritos Judiciales de la Republica sean publicadas en la Pagina Web del Poder Judicial.

2.4. Resolución Administrativa Nº 043-2004-CE/PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 23 de marzo del 2004: mediante el cual se dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del País remitan al CIJ un ejemplar de las Resoluciones de las Salas de las Cortes Superiores que hayan quedado consentidas o ejecutoriadas, a excepción de las relativas a procesos en reserva a efectos de que el Órgano de Apoyo del Poder Judicial proceda a ordenarlas por especialidades, sub especialidades y procesos.